29 de noviembre de 2013

Reformas a la Ley Aduanera

 
Como parte de las reformas fiscales que propuso el Presidente Peña Nieto, era la modificación a la Ley Aduanera. Entre los principales cambios, aprobados por el H. Congreso de la Unión, a dicha Ley se encuentran:

1.Los despachos aduaneros de importación y exportación se podrán realizar en lugar distinto al autorizado
2. El despacho aduanal se podrá realizar sin la intervención de un agente aduanal

El no limitar el despacho a las aduanas, facilitará las operaciones, en casos que no cuentan con la infraestructura adecuada, o bien, se puedan realizar en otros países en forma conjunta con sus autoridades. Por ejemplo, se podrán realizar operaciones de importación en Estados Unidos y en una sola operación el despacho de exportación americana y de importación mexicana.

Por otro lado, las empresas podrán efectuar sus operaciones de importación y exportación sin la intervención de un agente aduanal, para lo cual deberán de contar con un representante legal. Dicho representante deberá estar al corriente con sus obligaciones fiscales, ser de nacionalidad mexicana, tener una relación laboral con la empresa, así como demostrar experiencia y conocimientos en comercio exterior y operación aduanera.

El almacenamiento y custodia gratuita de las mercancías en la importación, será de dos días -excepto en las aduanas marítimas- donde el plazo se extiende a siete días, lo que permitirá reducir el pago de almacenaje.

Asimismo, permiten al importador rectificar los pedimientos antes y después del despacho, cambiar el régimen de las mercancías en todos los casos, se disminuyen las multas en un 50%, siempre y cuando no proceda un Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA).

Se tipifica el despacho aduanero a través de la ventanilla única como el sistema electrónico aduanero, que permite inspecciones coordinadas, intercambio de datos, pago automático de impuestos y notificaciones electrónicas.

Estas reformas a la Ley, permiten el establecimiento de recintos fiscales estratégicos en todo el territorio nacional, aún cuando no colinden con recintos fiscales, lo cual facilitará la creación y operación de recintos fiscales estratégicos.
Fuente:

Publicado por el Consejo Empresarial Mexicano de Comercio Exterior, Inversión y Tecnología
https://comce.wordpress.com/2013/11/13/reformas-a-la-ley-aduanera/

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